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Romero y Asociados

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PREGUNTAS FRECUENTES

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ASPECTOS SOCIETARIOS:

1. ¿Cuál es el capital y el número mínimo de aportantes para constituir una empresa?

Las sociedades anónimas (SA) US$ 800.oo y las compañías de responsabilidad limitadas (CL) US$ 400.oo; y en cuanto al número de accionistas o socios respectivamente, deben ser por lo menos dos.

2. ¿Cómo se determina la reserva legal en las sociedades?

Las SA deben calcular un 10% anual sobre la utilidad neta para acumular la reserva legal, y se detendrá su determinación cuando la reserva llegue al 50% del capital pagado de la empresa.

La CL deben calcular un 5% anual sobre la utilidad neta para acumular la reserva legal, y se detendrá su determinación cuando la reserva llegue al 20% del capital pagado de la empresa.

3. ¿Las pérdidas acumuladas podrían llevar a una empresa a una causal de disolución?

Efectivamente, cuando las pérdidas alcancen o superan el 50% del capital más la totalidad de sus reservas, una empresa está en causal de disolución.

4. ¿En qué circunstancias las empresas deben entregar informes de comisarios?

Todas las SA que tengan activos iguales o superiores a US$ 60.000, y las CL cuyos estatutos lo requieran y además tengan activos iguales o superiores a U$ 60.000.

5. ¿Cuándo las empresas deben contratar auditorías externas?

Toda empresa (SA o CL) que declare activos a partir de US$ 500.000 en su declaración de impuesto a la renta, para el siguiente año está obligada a contratar auditores externos y dichos informes deben ser entregados a la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros y al Servicio de Rentas Internas.

ASPECTOS TRIBUTARIOS:

1. ¿Cuál es el Impuesto a la renta que pagan las sociedades?

Para las sociedades se presentan las siguientes opciones en cuanto al porcentaje de impuesto a la renta a pagar:

  • Tarifa del 25% para todas las sociedades en general.
  • Tarifa del 28% para las que tienen accionistas domiciliados en paraísos fiscales.
  • Reducción del 3% en el impuesto a la renta, para exportadores habituales que aumenten o mantengan el empleo y para las micro y pequeñas empresas.
  • Reducción del 10% en el impuesto a la renta, para las empresas que reinviertan sus utilidades, siempre que sean exportadores habituales y empresas de producción o manufactureras que mantengan un 50% de componente nacional y las empresas de turismo receptivo.
2. ¿Cuál es el Impuesto a la renta que pagan las personas naturales?

Se parte de una fracción básica desgravada de US$ 11.270, y en adelante se paga una tarifa progresiva, que va desde el 5% hasta el 35%, que se calcula sobre ingresos netos desde US$ 115.140.

3. ¿Se deben declarar ingresos obtenidos en el exterior por personas o sociedades domiciliadas en Ecuador?

La legislación fiscal ecuatoriana utiliza la base de tributación de ingresos mundiales, por lo cual, todo ingreso obtenido en el exterior debe ser declarado localmente como ingreso exento, si efectivamente pagó impuestos en el exterior.

4. ¿La ganancia en la venta de bienes inmuebles paga impuesto a la renta?

La utilidad en la venta de bienes inmuebles está exenta de pagar impuesto a la renta en Ecuador, salvo que la actividad del contribuyente sea inmobiliaria.

5. ¿Cuál es el impuesto a la renta que se paga en la utilidad por venta de acciones o derechos representativos de capital?

La utilidad en la venta de acciones paga un impuesto a la renta único progresivo que se inicia con ganancias a partir de US$ 20.000 con el 2% y llegan hasta un 10% como máximo a partir de US$ 320.000.

1. ¿Es posible revalorizar las Propiedades, Planta y Equipos en Ecuador?

Si la empresa al adoptar las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF), eligió la política contable de revalorizar sus activos, es posible hacerlo, registrando de contrapartida un mayor valor del patrimonio. Debe tenerse presente que la depreciación adicional proveniente de una revalorización, no es aceptada como gasto deducible para el cálculo del impuesto a la renta.

2. Las empresas que van a presentar reclamos al Servicio de Rentas Internas (SRI) del impuesto al valor agregado (IVA), ¿cómo deben contabilizar este valor?

Si la decisión es presentar un reclamo del IVA exportadores, dicho valor debe ser contabilizado como un activo a ser recuperado.

3. ¿Cómo se interpreta el concepto de Valor Neto Realizable (VNR) aplicable a los inventarios?

Las empresas deben evaluar sus inventarios inicialmente al costo de adquisición o producción, sin embargo, las NIIF establecen que ese valor no puede ser mayor que el VNR de dicho inventario, es decir, del precio de venta menos los gastos a incurrirse para poder venderlo. Cuando eso ocurre, se deberá ajustar el inventario contra resultados, hasta dejarlo valuado al VNR.

4. ¿Es posible darle valor y contabilizar como un Activo Intangible, una marca que ha sido desarrollada por la misma empresa?

Las NIIF no permiten que se registre como activo una marca desarrollada internamente. Sí es posible hacerlo en casos de compras o cuando ocurren fusiones de empresas y se recibe una marca.

5. ¿Las plantaciones agrícolas con producciones permanentes por muchos años, así como el banano, cacao, café, mango, etc., se valúan al valor razonable por ser activos biológicos?

En una reforma efectuada a la NIC 41, se estableció que este tipo de plantaciones con producción permanente de varios años, a pesar de ser activos biológicos, recibirán el tratamiento de un activo fijo, es decir, se establecerá su vida útil y se depreciará su costo original o revaluado en dicho período de tiempo.

Nueva disposición del SRI

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Nueva disposición del SRI

  • abril 20, 2026
  • Juan Romero
  • Artículos, Desarrollo, Economía, Impuestos
  • Comentarios desactivados en Nueva disposición del SRI

Nueva disposición del SRI: pago y declaración del IVA en un solo paso a partir de junio de 2026

La administración tributaria de Ecuador anunció en abril de 2026 una reforma que cambiará la manera en que los contribuyentes cumplen con su obligación más importante. La nueva disposición del SRI se trata de la declaración y el pago del Impuesto al Valor Agregado (IVA). Con la Resolución NAC‑DGERCGC26‑00000016, expedida el 15 de abril de 2026, el SRI reformó la norma 1065 que regula la presentación de declaraciones a través de internet. La nueva disposición del SRI busca modernizar los procesos, cerrar la brecha entre la declaración. Asimismo, la recaudación efectiva y reducir la evasión tributaria.

¿En qué consiste la nueva disposición?

Declaración y pago del IVA simultáneo

Hasta ahora, los contribuyentes estaban obligados a presentar la declaración de IVA hasta una fecha determinada según el último dígito del RUC. Una vez presentada la declaración podían pagar el impuesto en cualquier momento posterior, aunque empezaban a correr intereses por mora. La reforma elimina esa separación: a partir del 1 de junio de 2026 la declaración sólo se considerará cumplida cuando se registre junto con el pago total del impuesto. Esto significa que ya no será posible declarar primero y pagar después. Incluso si el contribuyente registra valores parciales o compensaciones, la declaración será inválida si no incluye el pago total.

La disposición transitoria aplica a todas las declaraciones de IVA presentadas desde junio de 2026. El SRI señaló que la medida busca fortalecer la recaudación tributaria, reducir errores u omisiones y simplificar los procesos administrativos. A mediano plazo, la administración espera que este cambio garantice que los montos declarados efectivamente lleguen al fisco y permita tener un control en tiempo real del impuesto, similar a lo que se aplica en las retenciones en la fuente.

¿A quiénes afecta?

La nueva disposición del SRI se dirige a todos los contribuyentes obligados a declarar IVA, incluidos:

  • Personas naturales con actividad económica.
  • Empresas y sociedades de cualquier tamaño.
  • Importadores de bienes gravados con IVA.
  • Prestadores de servicios sujetos a IVA.

La resolución contempla excepciones temporales. Los contribuyentes registrados en sistemas de compensación fiscal del Ministerio de Economía y Finanzas y los exportadores de bienes estarán excluidos. Esto continuara hasta que el SRI implemente adecuaciones tecnológicas que les permitan cumplir con el nuevo esquema. Estas excepciones también se aplican a quienes figuren como “ACTIVO” en el Catastro de Exportadores y Proveedores del Sistema de Devolución del IVA (SDII).

Cambios en el uso de notas de crédito y compensaciones

Como parte de la nueva disposición del SRI, a partir de mayo de 2026 las notas de crédito sólo podrán utilizarse para cubrir hasta el 60 % de una obligación tributaria. Mientras que el 40 % restante deberá pagarse en efectivo o por débito. Esto busca evitar el abuso de compensaciones y asegurar que el Estado reciba ingresos líquidos. Además, desde 2025 el SRI ha implementado comprobantes electrónicos en tiempo real. De igual forma las actualizaciones de porcentajes de retención, por lo que la unificación de la declaración y el pago se considera un paso más en la digitalización del sistema tributario.

Razones y objetivos de la nueva disposición del SRI

Según el SRI, el propósito de esta reforma es cerrar la brecha entre la presentación de declaraciones y la recaudación efectiva. La Resolución 1065 de 2002 permitía que el contribuyente declarara y pagara en momentos distintos. La modernización busca adecuar los procesos a las necesidades actuales de control fiscal. Asimismo, la digitalización de procesos garantizando que los valores declarados se paguen en el plazo respectivo. El organismo fundamenta la reforma en los principios de suficiencia recaudatoria y transparencia, así como en la obligación legal de satisfacer las obligaciones fiscales dentro de los plazos y condiciones establecidos por la ley. La directora general del SRI destacó que la medida también pretende evitar la evasión tributaria y aumentar la disciplina fiscal.

Desde el punto de vista técnico, el SRI indica que el IVA representa una de las principales fuentes de ingresos fiscales. Al obligar a los contribuyentes a pagar al mismo tiempo que declaran, la administración optimiza el control de este impuesto. Asimismo, asegura una recaudación más oportuna y reduce el riesgo de mora. Analistas tributarios, señalan que actualmente muchos contribuyentes presentan la declaración y postergan el pago. Con la nueva regla la declaración sin pago total no será válida y se generará una multa de 3 % sobre el valor a pagar. También se indica que la medida busca reforzar los procesos de control y evitar la evasión.

Multas y sanciones por retrasos

La nueva disposición del SRI no introduce una penalidad específica por el pago simultáneo; sin embargo, al considerar que una declaración sin pago total es equivalente a no presentarla, se aplican las sanciones generales por falta de declaración. De acuerdo al artículo 100 de la Ley de Régimen Tributario Interno, el retraso o la no presentación de la declaración genera una multa del 3 % del IVA a pagar por cada mes o fracción de mes de retraso. La multa se calcula después de restar del IVA causado el IVA de compras y los créditos tributarios. Incluso un día de retraso basta para que se cobre el 3 %.

Si en la declaración no se determina IVA pero sí hubo ventas, la sanción corresponde al 0,1 % de las ventas o ingresos brutos por cada mes o fracción de retraso, con un límite del 5 % de esos ingresos. Además, el atraso genera intereses por mora que se acumulan desde el día siguiente al vencimiento de la obligación. La analista aconseja realizar el trámite de declaración y pago al menos tres días antes de la fecha límite, ya que las transacciones bancarias por débito pueden tardar 72 horas en acreditarse.

Otras fuentes especializadas detallan el cuadro general de sanciones que aplica el SRI para diversas obligaciones:

  • Multa fija por no declarar IVA: para personas naturales el valor oscila entre USD 31,25 y USD 93,75 si ya existe notificación; para personas jurídicas entre USD 187,50 y USD 375,00. Cuando no hay notificación, la multa es menor: USD 31,25 para personas naturales y USD 125 a USD 250 para sociedades.
  • Multa variable por IVA causado: si hubo impuesto causado, se cobra el 3 % mensual del valor por mes o fracción, con un límite máximo de 100 % del impuesto. Cuando no hubo impuesto pero sí ventas, la multa es 0,1 % de los ingresos brutos por mes, hasta el 5 % del ingreso.
  • Multas por no emitir comprobantes, no llevar libros o no presentar anexos: la Tabla del SRI contempla sanciones que van desde USD 30 hasta más de USD 2.000 según la naturaleza de la infracción y el tipo de contribuyente.

Estas sanciones se aplican acumulativamente y se suman a los intereses calculados según la tasa de interés vigente. En los casos más graves, el SRI puede iniciar procesos de cobro coactivo e incluso suspender el RUC del contribuyente.

Impacto para los contribuyentes y cómo prepararse

La obligación de pagar el IVA al momento de la declaración implica ajustes significativos en la gestión de flujo de caja. Las empresas y profesionales deberán planificar con anticipación la disponibilidad de recursos para cumplir con el pago puntual. Especialistas recomiendan:

  1. Monitorear el calendario tributario: revisar las fechas de vencimiento según el último dígito del RUC y evitar dejar el trámite para el último día.
  2. Verificar la disponibilidad de fondos antes de declarar: el portal del SRI sólo aceptará declaraciones con pago total. Es necesario prever los recursos, especialmente para empresas con ciclos de facturación largos o con clientes que pagan a crédito.
  3. Controlar el uso de notas de crédito: desde mayo de 2026 estas sólo podrán cubrir hasta el 60 % de la deuda; el resto debe pagarse en efectivo.
  4. Actualizar sistemas contables y procesos internos: la digitalización exige registros en tiempo real de ventas y compras para evitar errores. Herramientas contables y la asesoría de profesionales pueden ayudar a garantizar una declaración correcta.
  5. Considerar el efecto en el flujo de caja de exportadores: la resolución incluye una excepción temporal para exportadores y proveedores directos. Estos deberán prepararse para cumplir con el pago simultáneo una vez que el SRI actualice sus sistemas.

¿Cómo cambia la obligación tributaria a partir de 2026?

La nueva disposición del SRI, el proceso de declarar y pagar el IVA se transforma en una sola acción. Esto refuerza la disciplina fiscal, ya que el contribuyente no podrá diferir el pago. La nueva disposición también abre la puerta a un control más riguroso mediante sistemas electrónicos. El SRI impulsa comprobantes electrónicos en tiempo real y la transmisión automática de transacciones. Estas innovaciones permitirán detectar inconsistencias y subdeclaraciones de manera temprana. Esto es lo que probablemente reducirá la evasión y aumentará la recaudación.

Para muchos contribuyentes, el desafío será ajustar su flujo de caja también coordinar con sus clientes y proveedores para contar con liquidez al momento de declarar. Por otro lado, el país podría beneficiarse de ingresos fiscales más estables y predecibles. Esto significa que mejoraría la capacidad del Estado para financiar servicios y programas públicos. La mayor transparencia podría también reducir la competencia desleal de quienes evadían el pago del IVA, nivelando las condiciones para empresas formales.

La nueva disposición del SRI que unifica la declaración y el pago del IVA desde junio de 2026 marca uno de los cambios más significativos en la administración tributaria. La reforma busca modernizar los procesos, aumentar la recaudación y promover la transparencia. Si bien implica un esfuerzo adicional para los contribuyentes —que deberán ajustar sus flujos de caja y sistemas contables—, la medida responde a la necesidad de reducir la evasión y mejorar la eficiencia del sistema fiscal. Comprender sus alcances y prepararse con antelación permitirá cumplir oportunamente con esta obligación, evitando multas y contribuyendo al fortalecimiento de las finanzas públicas.

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Etiquetas: contribuyentes, Ecuador, impuestos, obligacion tributaria, servicios de rentas internas

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